BOPV nº 3 · 2023-01-04 · Educación
ORDEN de 7 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se autoriza al Centro Privado «Ibaizabal Koop. E. Ikastola» de Educación Secundaria la impartición de la modalidad de Bachillerato General.
Examinado el expediente iniciado por la persona representante legal del centro privado de Educación Secundaria en solicitud de autorización para impartir la modalidad de Bachillerato General en dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vista la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y demás legislación aplicable en la materia, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Primero Autorizar, la impartición de la modalidad de Bachillerato general al centro docente privado que se describe a continuación, a partir del curso académico 2022-2023. N.º de código: 015220 (CAPV) y 48012486 (universal). Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria (CPES). Denominación específica: «Ibaizabal Koop. E. Ikastola». Titular: Durangaldeko Ibaizabal kooperatiba Elkartea. Domicilio: Intxaurrondo, 54. Municipio: Durango. Territorio Histórico: Bizkaia. Composición resultante: Bachillerato: Modalidades de «Ciencias y Tecnología», «Humanidades y Ciencias Sociales» y «General», 8 unidades con capacidad para 280 puestos escolares. Formación Profesional: Familia: Servicios Socioculturales y a la Comunidad: Ciclo Formativo de Grado Superior de «Educación Infantil». Capacidad: 1 ciclo. Segundo La autorización de la nueva modalidad de Bachillerato general no supone ampliación alguna de las unidades autorizadas al citado centro. Tercero El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos. Cuarto La titularidad del centro queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado y demás legislación vigente aplicable, así como a solicitar la oportuna modificación, a través de su representante legal, cuando haya de alterarse cualquiera sus datos registrales. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Quinto El centro debe cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de segurid