BOPV nº 41 · 2023-02-28 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2023, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convoca a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la presentación de proyectos para el programa «Auzolandegiak» de Campos de Voluntariado Juvenil de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2023.

El artículo 10.39 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de política juvenil. Por su parte, el Decreto 18/2022, de 23 de septiembre, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye Presidencia las funciones y áreas de actuación en materia de Juventud. A través del Decreto 4/2023, de 8 de febrero, del Lehendakari de delegación de funciones en el Secretario General de la Presidencia, se faculta a este para llevar a cabo la convocatoria a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la presentación de proyectos para el programa «Auzolandegiak» de Campos de Voluntariado Juvenil, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en 2023. A partir de tal marco normativo y, dentro del respeto a las competencias de las diferentes instituciones implicadas en tal área de actuación, la Dirección de Juventud viene gestionando un programa de campos de voluntariado juvenil. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución establecer las normas de la convocatoria a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la presentación de proyectos para el programa «Auzolandegiak» de campos de voluntariado juvenil, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en 2023. Artículo 2 Definición. Se entiende por Campo de Voluntariado Juvenil la actividad en la que jóvenes de diferentes procedencias se comprometen, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado, siendo la realización del proyecto un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación o aprendizaje intercultural, entre otros. Artículo 3 Entidades beneficiarias. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Euskadi, interesadas en colaborar en el programa «Auzolandegiak» de campos de voluntariado juvenil, podrán presentar su proyecto de trabajo de proyección social. Dichas entidades deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente. Tanto las entidades públicas como privadas sin ánimo de lucro sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo y las sancionadas con esta prohibición, en virtud de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista, no podrán concurrir a la convocatoria regulada en esta Resolución durante el periodo que establezca la correspondiente sanción. Artículo 4 Tipología de los proyectos. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro interesadas podrán presentar proyectos de cualquie

Publicación oficial en euskadi.eus

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