BOPV nº 22 · 2023-02-01 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas, en el ejercicio 2022, al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se procede a convocar ayudas a la promoción de vino, sidra y cerveza elaborada de forma artesanal en la Comunidad Autónoma de Euskadi «Programa Basque Wine»
Vistas las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se procede a convocar ayudas a la promoción de vino, sidra y cerveza elaborada de forma artesanal en la Comunidad Autónoma de Euskadi a través del «Programa Basque Wine», que se relacionan en los anexos I y II de la presente Resolución así como la documentación junto con ellas aportadas, y cuyos números de expediente se indican en los citados anexos. Considerando la propuesta de resolución elaborada por la Comisión de Valoración, constituida en aplicación del resuelvo noveno de la Orden de 21 de septiembre de 2022. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, RESUELVO : Primero Conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución ayudas de mínimis a la promoción en el comercio interior de vino, sidra y cerveza elaborada de forma artesanal en la Comunidad Autónoma de Euskadi «Programa Basque Wine», recogidas en la Orden de 21 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, especificándose en el citado anexo el importe del gasto subvencionable y la cantidad subvencionada como ayuda directa, siendo que la cuantía total asciende a 98.250,64 euros financiada con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Segundo Las actividades deberán desarrollarse en su totalidad desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2022. Tercero En el plazo de quince días tras la fecha de recepción de la notificación de concesión de la ayuda la entidad beneficiaria deberá aceptar expresamente la misma, en caso contrario, se entenderá que renuncia a ella. Cuarto El plazo para justificar la ayuda será de 15 días naturales desde la notificación de la presente resolución. Quinto La no realización del gasto dentro del plazo establecido, o la falta de presentación en plazo de la documentación acreditativa de la realización del gasto, supondrá la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la iniciación del procedimiento de reintegro previsto en el resuelvo decimoquinto de la Orden de convocatoria. Sexto El beneficiario deberá cumplir las obligaciones recogidas en el resuelvo decimotercero de la Orden de convocatoria. Séptimo El abono de la subvención se realizará de acuerdo con las actividades de promoción justificadas por la empresa, y con lo establecido en la Orden 21 de septiembre de 2022. Octavo Denegar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución ayudas de minimis a la promoción en el comercio interior de vino, sidra y cerveza elaborada de forma artesanal en la Comunidad Autónoma de Euskadi «Programa Basque Wine», recogidas en la Orden de 21 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Noveno Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interpo