BOPV nº 25 · 2023-02-06 · Educación

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2023, del Director de Planificación y Organización, por la que se convocan las pruebas para la obtención de los títulos de técnica o técnico y técnica superior o técnico superior en la Comunidad Autónoma del País Vasco, correspondientes al año 2023.

La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su artículo 69.4 establece que «Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para obtener directamente el título de Bachiller y los títulos de formación profesional de acuerdo con las condiciones y características que establezca el Gobierno por vía reglamentaria.» El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y, con el fin de adecuar, en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la ordenación de las enseñanzas de formación profesional, se dictó el Decreto 14/2016, de 2 de febrero, de modificación del Decreto 32/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho Real Decreto 1147/2011, en su artículo 35.b), posibilita como vía para la obtención de los títulos la superación de las pruebas organizadas al efecto, y en su artículo 36 establece que, las Administraciones educativas organizarán periódicamente las pruebas establecidas en el artículo 69.4 de la Ley Orgánica 2/2006, antes mencionado, para la obtención de título de técnico y de técnico superior, así como que las pruebas serán convocadas, al menos, una vez al año. También señala que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, determinarán en sus convocatorias los módulos profesionales de los ciclos formativos para los que se realizan las pruebas, los centros públicos en que se realizarán las pruebas, el periodo de matriculación y las fechas de realización; y en el artículo 37 establece los requisitos para participar en dichas pruebas. Asimismo, en el Decreto 14/2016, de 2 de febrero, de modificación del Decreto 32/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en las normas dictadas en su desarrollo, se establecen limitaciones al número de convocatorias en régimen presencial para el alumnado. Todo esto origina que ya haya personas que, habiendo cursado las enseñanzas de ciclos formativos en régimen presencial, no puedan continuar con las mismas por haber agotado el número máximo de convocatorias establecido. Además, en su Modificación Seis, modifica el artículo 10 del Decreto 32/2008 de forma que define las pruebas y establece los requisitos de participación. La Orden de 19 de febrero de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, que regula la implantación y evaluación de los ciclos formativos de formación profesional, en su Disposición Transitoria Tercera, en relación a los ciclos formativos de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), indica que se seguirán convocando pruebas para la obtención de los correspondientes títulos de técnico y técnico superio

Publicación oficial en euskadi.eus

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