BOPV nº 43 · 2023-03-02 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 29/2023, de 21 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2023, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 14 de febrero de 2023, el Acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2023, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2023, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de febrero de 2023. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 29/2023, DE 21 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS INCREMENTOS PARA EL AÑO 2023 DE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, fija en su artículo 19 las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. El apartado dos.1 del artículo 19 citado establece que, en el año 2023, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 %, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. En el ámbito autonómico, el artículo 19 de la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023, establece las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El apartado 1 del artículo 19 prevé que, sin perjuicio de las disposiciones que con carácter básico se puedan dictar en relación con los gastos del personal al servicio del sector público, en el año 2023 las retribuciones anuales íntegras del personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi no sujeto a régimen laboral no podrán experimentar un crecimiento global superior al 2,5 % con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos periodos de comparación, por lo que respecta tanto a efectivos de personal como a la antigüedad y al régimen de jornada del mismo. El apartado 5 del artículo 19, dispone que las retribuciones básicas a percibir por el personal no sujeto a régimen laboral serán las que estén vigentes a lo largo del ejerci