BOPV nº 61 · 2023-03-28 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 20 de septiembre de 2022, del Director de Migración y Asilo, por la que se resuelven las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 1 de junio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2022. Segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que Los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 20 de septiembre de 2022, del Director de Migración y Asilo, por la que se resuelven las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 1 de junio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2022. Segunda línea subvencional: ayudas para actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 194, de 10 de octubre de 2022, se procede a su corrección. En las páginas 2022/4354 (5/12) y 2022/4354 (9/12), en el Anexo I y II, respectivamente, en los apartados Expediente, Entidad Solicitante y Proyecto/Programa, donde dice: Expediente: 023-0606405. Entidad solicitante: Ayuntamiento de Zestao. Proyecto/Programa: Zestaoko Zurrumurruen aurkako taldea. debe decir: Expediente: 023-0606405. Entidad Solicitante: Ayuntamiento de Zestoa. Proyecto/Programa: Zestoako Zurrumurruen aurkako taldea.

Publicación oficial en euskadi.eus

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