BOPV nº 64 · 2023-03-31 · Gobernanza Pública y Autogobierno

DECRETO 35/2023, de 21 de marzo, por el que se regula la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.

La Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco, que tiene su encaje en las competencias exclusivas de los apartados 2, 6 y 24 del artículo 10 de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco, trata de incluir todas las necesidades relativas al sector público y así poder ofrecer un texto de referencia que aporte coherencia sobre la organización y el funcionamiento del entramado público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su conexión con el conjunto de los sectores públicos de los distintos ámbitos institucionales que tienen actividad en esta Comunidad Autónoma. Así, el artículo 7 de la Ley crea la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco como órgano para el estudio y formulación de propuestas en relación con el tratamiento de las posibles ineficiencias, solapamientos y duplicidades entre sectores públicos, la colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas, así como la organización y funcionamiento de las administraciones públicas y de los sectores públicos en que se integran. En su virtud, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de marzo de 2023, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. El objeto del presente Decreto es regular la adscripción, la composición y las normas básicas de funcionamiento de la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco, en aplicación y desarrollo del artículo 7 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. Artículo 2 Adscripción. La Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco está adscrita al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de administración pública. Artículo 3 Funciones. Sus funciones son las establecidas en el párrafo tercero del artículo 7 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. La Comisión emitirá informes cuyos destinatarios serán los gobiernos de los distintos niveles institucionales que existen en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las propuestas e informes de la Comisión no tendrán carácter vinculante. Artículo 4 Composición. La composición de la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco es la siguiente: a) Presidencia: consejera o consejero del Gobierno Vasco que tenga atribuidas las competencias en materia de administración pública. b) Cuatro personas expertas en materia de administración pública designadas por el Gobierno Vasco. c) Una persona experta en materia de administración pública designada por cada una de las diputaciones forales. d) Tres personas expertas en materia de administración pública designadas por la Asociación de Municipios Vascos EUDEL. Artículo 5 Designación y nombramiento de sus miembros. El nombramiento

Publicación oficial en euskadi.eus

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