BOPV nº 65 · 2023-04-03 · Lehendakaritza
DECRETO 34/2023, de 21 de marzo, por el que se crea y regula el Programa de becas de formación de personas tituladas universitarias en el ámbito de la Transición Social y la Agenda 2030.
El Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030 fue aprobado por el Consejo de Gobierno del 29 de junio de 2021. Este documento constituye el plan de actuación de Legislatura de la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030 en lo que al impulso de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante, ODS) se refiere. Incluye un diagnóstico con dos referencias que reflejan un desequilibrio. Por una parte, revela la extraordinaria relevancia de la Agenda 2030 y los ODS para Euskadi y para el conjunto de la humanidad en esta década. Por otra, también constata el alto grado de desconocimiento social sobre lo que es y representa esta Agenda. Por ello, constituye una tarea fundamental mejorar la divulgación del significado de la Agenda 2030 y articular mecanismos de incorporación social a la transformación que representan los ODS. El Programa de Becas para la Secretaría de Transición Social y Agenda 2030 responde a esta prioridad. Es un mecanismo que tiene como objetivo atraer y formar a personas tituladas universitarias en el ámbito de la Transición Social y la Agenda 2030 para contribuir al desarrollo de proyectos de interés general y gran calado social. De acuerdo al Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno tiene asignadas las funciones relativas al impulso de la Agenda 2030, sin prejuicio de su ejercicio, a través de las distintas políticas sectoriales del gobierno. Corresponde a la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030, bajo la dependencia del Lehendakari, impulsar la divulgación, comunicación y promoción social en materia de transición social y de la Agenda 2030, así como impulsar la colaboración interdepartamental, interinstitucional, y social en los ámbitos de la transición social y de la Agenda 2030, dinamizando alianzas institucionales y con la sociedad civil en estas materias. Las becas convocadas al amparo de este Decreto estarán contempladas en el correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones. Por todo ello, a propuesta del Lehendakari, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de marzo de 2023, DISPONGO : CAPÍTULO I OBJETO, REQUISITOS Y CONVOCATORIA Artículo 1 Objeto. El presente Decreto crea y regula el Programa de becas destinado a impulsar la formación de personas tituladas universitarias en el ámbito de la Transición Social y la Agenda 2030. El objeto específico de las becas es la formación especializada aplicada promoviendo la participación y colaboración de los beneficiarios en las tareas formativas que les sean encomendadas por la Dirección de Innovación Social. Artículo 2 Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las becas reguladas en el presente Decreto las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero del año en q