BOPV nº 70 · 2023-04-13 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 43/2023, de 3 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Agencia Vasca del agua y el Departamento de Salud del Gobierno Vasco en materia de protección de la calidad de las aguas de consumo público y la calidad de las aguas de las zonas de baño.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio de colaboración entre la Agencia Vasca del agua y el Departamento de Salud del Gobierno Vasco en materia de protección de la calidad de las aguas de consumo público y la calidad de las aguas de las zonas de baño, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2023. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 43/2023, DE 3 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA VASCA DEL AGUA Y EL DEPARTAMENTO DE SALUD DEL GOBIERNO VASCO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE CONSUMO PÚBLICO Y LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE LAS ZONAS DE BAÑO. En Vitoria-Gasteiz, a 6 de marzo de 2023. REUNIDOS El Sr. D. Antonio Aiz Salazar, Director General de la Agencia Vasca del Agua y el Sr. D. Jose Luis Quintas Diez, Viceconsejero de Salud del Gobierno Vasco. INTERVIENEN El primero de ellos, en su calidad de Director General de la Agencia Vasca del Agua y en virtud de la atribución que le confiere el artículo 7.2.g) del Decreto 25/2015, de 10 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua. El segundo, en su calidad de Viceconsejero de Salud del Gobierno Vasco y en virtud de la atribución que le confiere el artículo 5.2.g) del Decreto 116/2021, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud. Ambos intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal para celebrar el presente convenio de colaboración, y a tal efecto. EXPONEN: Primero Que según el Decreto 116/2021, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, dictado al amparo del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, a la Dirección de Salud Pública y Adicciones le corresponde entre otras las siguientes funciones: El desarrollo, ejecución y evaluación de las políticas de protección de la salud, en particular todos aquellos programas relacionados con la salud alimentaria, tanto en sus aspectos de seguridad alimentaria como de alimentación saludable, y la salud ambiental, incluyendo entre otras áreas las aguas de consumo y de baño, la prevención y control de la legionelosis, sanidad mortuoria, los productos químicos, vectores de transmisión de enfermedades y calidad del aire. En estos programas incluyen el análisis de riesgos físicos, químico o biológicos. También se incluye el servicio analítico en las actividades del campo de la promoción, prevención y protección de la salud, así como en situaciones de alerta y riesgo para la Salud Pública. El desempeño, como autoridad sanitaria, de las facultades administrativas previstas en

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