BOPV nº 70 · 2023-04-13 · Educación
ORDEN de 30 de marzo de 2023, del Consejero de Educación, por la que se convoca el procedimiento para que el profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional se integre en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modifica la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y declara a extinguir el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, en el artículo 85 crea el cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional. En su disposición adicional quinta se establecen las especialidades del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional que se integran en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, así como las especialidades de dicho cuerpo a extinguir que pasan a formar parte de la atribución docente del nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional. En la misma Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, se da una nueva redacción a la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, integrando en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria al profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional que, a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020 o en el plazo que se establece en el apartado segundo de la misma disposición, posea la titulación de grado universitario, licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera y arquitecto o arquitecta, o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalencia a efectos de docencia de las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria. En la misma disposición se habilita al Gobierno para que, previa consulta con las administraciones educativas, establezca el procedimiento y las condiciones de esta integración, que producirá efectos para el personal que reúna los requisitos y que lo solicite dentro del plazo inicial que se establezca, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020. Para el personal que lo solicite con posterioridad a ese plazo inicial, los efectos serán a partir de la fecha de su solicitud, siempre que se encuentre en condiciones de ser integrado en esa fecha. Este derecho solamente podrá ser ejercido hasta el quinto año posterior a la vigencia de dicha Ley. El Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias, constituye el marco común básico normativo de la regulación del procedimiento para la integración del profesorado del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, a extinguir, en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria a desarroll