BOPV nº 74 · 2023-04-19 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

ORDEN de 2 de marzo de 2023, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se inicia el procedimiento de revisión del Plan Territorial Parcial de Bajo Deba.

El área funcional de Bajo Deba queda definida por las Directrices de Ordenación Territorial de la CAPV (en adelante DOT), y comprende los municipios guipuzcoanos de: Deba, Eibar, Elgoibar, Ermua, Mallabia, Mendaro, Mutriku y Soraluze-Placencia de las Armas. Mediante Decreto 86/2005, de 12 de abril, el Consejo de Gobierno Vasco aprobó el Plan Territorial Parcial (en adelante PTP) del Área Funcional de Bajo Deba. De conformidad con lo establecido en la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio, en desarrollo y aplicación de las DOT, aprobadas por Decreto 28/1997, de 11 de febrero, el PTP de Bajo Deba aprobado en 2005 es el instrumento de ordenación territorial que ha definido la estructura del área funcional de Bajo Deba y al que han debido de atenerse tanto los planes urbanísticos como los planes territoriales sectoriales y actuaciones con incidencia territorial en el área funcional. Por su parte, mediante Decreto 128/2019, de 30 de julio, se aprobaron definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, revisión de las anteriores de 1997. La Disposición Transitoria primera del citado Decreto establece que: «Los Planes Territoriales Parciales y los Planes Territoriales Sectoriales vigentes en la actualidad, se adaptarán a lo dispuesto en el presente Decreto en el plazo de ocho años siguientes a su entrada en vigor.» Esta adaptación supone incorporar al planeamiento territorial del área funcional todas las cuestiones que establecen las DOT, algunas novedosas como el perímetro de crecimiento urbano, la infraestructura verde o la incorporación de cuestiones transversales como el cambio climático, la salud o la perspectiva de género. De acuerdo con lo previsto en el punto 3 del artículo 3 de las Normas de Ordenación del PTP, se han redactado Memorias de Seguimiento del PTP, la primera en el año 2013 y, una vez aprobadas las nuevas Directrices de Ordenación del Territorio en el año 2019, en el año 2020 la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo (actual Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana) elaboró una Memoria de Seguimiento del PTP del Área Funcional de Bajo Deba, que fue tratada en la sesión 3/2020 de 16 de diciembre de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV). Asimismo, en línea con lo señalado en las DOT aprobadas en 2019, se exige que la revisión del PTP de Bajo Deba se realice en el marco de un proceso participativo lo más amplio posible, teniendo en cuenta las circunstancias en las que se posibilite la forma de hacerlo en cada momento. El Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística, señala en su artículo 3 que el acuerdo o resolución de inicio de la formulación, revisión o modificación de cualquier figura de ordenación territorial o de ordenación urbanística estructural deberá estar acompañado de un programa

Publicación oficial en euskadi.eus

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