BOPV nº 78 · 2023-04-25 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 49/2023, de 17 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio con la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, para formalizar la encomienda de gestión en materia de gestión de prestaciones sanitarias.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio con la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, para formalizar la encomienda de gestión en materia de gestión de prestaciones sanitarias, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2023. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 49/2023, DE 17 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO AL DEPARTAMENTO DE SALUD DEL GOBIERNO VASCO EN MATERIA DE GESTIÓN DE PRESTACIONES SANITARIAS REUNIDOS : De una parte, Dña. Gotzone Sagardui Goikoetxea, Consejera de Salud del Gobierno Vasco, nombrada por Decreto 27/2020, de 7 de septiembre, del Lehendakari, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 33.2 del Estatuto de Autonomía y 8.b) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno. Y de otra, Dña. Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de Muface, en uso de las facultades que le confiere el artículo 1.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de Muface. Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto EXPONEN: Primero Muface, como Entidad que tiene a su cargo la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, presta a sus mutualistas y beneficiarios, entre otros servicios, la asistencia sanitaria conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, y en el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo. Segundo Muface presta la asistencia sanitaria a sus mutualistas y beneficiarios no directamente, sino mediante conciertos suscritos con otras entidades. Por esta razón, no dispone de personal sanitario especializado que puedan prestar funciones de asesoramiento e informe en los expedientes que se tramitan en sus Servicios Provinciales en el marco de las competencias que tienen atribuidas. La especial naturaleza técnica del objeto de los expedientes exige que, para su resoluc