BOPV nº 78 · 2023-04-25 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2023, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por la que se otorga autorización administrativa previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,8 kV, ST Aduna, en el término municipal de Aduna. Referencia: AT-Y-2022-00156.
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 27 de diciembre de 2022, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con domicilio en Bilbao, San Adrián, 48, solicitó autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de ejecución de reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,8 kV, ST Aduna, en el término municipal de Aduna, aportando instancia al respecto, acompañada de proyecto técnico correspondiente. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo (BOPV de 24-04-2020) y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000) y los artículos del 53 al 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013) y en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (BOE de 09-06-2014), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días. A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el anuncio, en el BOPV y BOG, de fechas 28 de febrero de 2023 y 13 de marzo de 2023 respectivamente; en la página web de internet www.euskadi.eus y en el apartado de Información Pública de Proyectos del apartado de Energía y Minas del Departamento Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Con carácter simultáneo al trámite de información pública, con fecha 28 de febrero de 2023, se remitió la separata correspondiente al Ayuntamiento de Aduna solicitándole su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso. No habiendo contestado a la misma. Dentro del período de información pública, no se presentaron escritos de alegaciones al proyecto. FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 68/2021, de 23 de febrero (BOPV de 05-03-2021), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa. El Decreto 48/2020, de 31 de marzo, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco. En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites pro