BOPV nº 82 · 2023-05-03 · Educación

ORDEN de 19 de abril de 2023, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «San Fidel Ikastola» HLBHIP de Gernika-Lumo (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «San Fidel Ikastola» HLBHIP de Gernika-Lumo (Bizkaia), en solicitud de autorización para reducir una unidad de Educación Primaria y ampliar una unidad de Educación Secundaria Obligatoria. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo); el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19 de noviembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Primero Se autoriza, a partir del curso escolar 2023-2024, reducir una unidad de Educación Primaria y ampliar una unidad de Educación Secundaria Obligatoria, al centro docente privado que se describe a continuación: Códigos: 014526 (CAPV) y 48005469 (universal) Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Denominación específica: «San Fidel Ikastola» Titular: Obispado de Bilbao Domicilio: Carlos Gangoiti, 11 Municipio: Gernika-Lumo Territorio Histórico: Bizkaia Autorización: Cambio de uso de una unidad de una unidad de Educación Primaria para una unidad de Educación Secundaria Obligatoria. Composición resultante: Educación Infantil, primer ciclo: 9 unidades: 3 unidades para alumnos y alumnas de 0 a 1 años con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares. 2 unidades para niñas y niños de 1 a 2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares. 4 unidades para niñas y niños de 2 a 3 años, con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares. Educación Infantil, segundo ciclo: 9 unidades con capacidad para 218 puestos escolares. Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 10 unidades con capacidad para 300 puestos escolares. Bachillerato: Modalidades de «Ciencias y Tecnología», «Humanidades y Ciencias Sociales» y «General», 4 unidades con capacidad para 140 puestos escolares. Educación Especial: 2 aulas abiertas. Segundo El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilid

Publicación oficial en euskadi.eus

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