BOPV nº 83 · 2023-05-04 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 25 de abril de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera, como consecuencia del descanso biológico de la flota artesanal perteneciente al censo de artes menores con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las aguas interiores del País Vasco.
La Política Pesquera Común tiene como uno de sus objetivos esenciales potenciar una flota profesional, económicamente rentable, que garantice una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, de manera que permita un aprovechamiento óptimo sin poner en riesgo el equilibrio biológico de las poblaciones explotadas y la integridad del medio físico. En este sentido, el Reglamento (UE) N.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, establece el nuevo marco normativo sobre la Política Pesquera Común, su ámbito de aplicación, sus objetivos y los principios de buena gobernanza. Por otra parte, y como uno de los pilares de la nueva Política Pesquera, en el Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), se establecen las medidas financieras de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas relativas al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la pesca interior, así como de la Política Marítima Integrada y, concretamente, en sus artículos 33 y 34 se establecen las ayudas a la paralización, definitiva y temporal, de la actividad pesquera. Asimismo, en noviembre de 2015 se aprobó el Programa Operativo español del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), con el consenso de todas las Comunidades Autónomas afectadas por estas medidas estructurales. Este programa engloba el conjunto de medidas a desarrollar en el sector pesquero español, y tiene el objetivo principal de fomentar una pesca y una acuicultura competitivas, medioambientalmente sostenibles, económicamente viables y socialmente responsables. También en el año 2015, se elaboró el Plan Estratégico de la Pesca y Acuicultura Euskadi 2020 que contribuirá al crecimiento económico integrador, inteligente y sostenible de la actividad pesquera y de las comunidades y zonas pesqueras dependientes de la pesca. En mayo de 2016, se publicó el documento consolidado que recoge los «Criterios de selección para la concesión de las ayudas en el marco del Programa Operativo del FEMP», documento que fue modificado en 2017. En este contexto, fue promulgado el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, que tal como recoge su disposición final primera, tiene carácter básico en materia de ordenación del sector pesquero, y posteriormente, con fecha 13 de mayo de 2017 se publica el Real Decreto 486/2017, de 12 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, y el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. Asimismo, de con