BOPV nº 85 · 2023-05-08 · Salud

ORDEN de 18 de abril de 2023, de la Consejera de Salud, por la que se regulan y se convocan ayudas dirigidas a asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro que estén orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas del País Vasco y sus familias, durante el ejercicio de 2023.

Las asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro constituidas por personas enfermas son agrupaciones de personas físicas unidas por padecer una misma patología. Constituyen puntos de encuentro, comunicación y apoyo tanto para las personas afectadas como para sus familias. El Departamento de Salud valora especialmente la aportación de estas asociaciones a la salud física, psicológica y social de las personas enfermas y sus familiares en temas como el contacto directo con la realidad social y afectiva de la enfermedad, o como la asistencia directa y empática mediante servicios y programas de autoayuda. El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Salud de 2023, aprobado por Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejera de Salud, contempla la «Subvención para la mejora de la calidad de vida de personas enfermas y sus familias», dentro del área «Promoción de la salud y prevención de las enfermedades». La Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023 incluye la existencia de crédito presupuestario para estas ayudas. Esta convocatoria, así como las actuaciones de tramitación y resolución de la misma, cumplen el marco jurídico siguiente: Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (TRLPOHGPV). Normas básicas dadas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las ayudas recogidas en la presente Orden no cumplen todos los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la UE y por lo tanto no constituyen ayuda de estado, por lo que no es necesario realizar ningún trámite ante la Comisión Europea. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Ámbito y objeto de la convocatoria. El objeto de esta Orden es convocar ayudas dirigidas a las asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro integradas por colectivos de personas enfermas del País Vasco y sus familias. La finalidad de estas ayudas es apoyar a estos colectivos financiando proyectos que se componen de una o varias actividades, realizados entre enero y diciembre de 2023, orientados a: a) Apoyar el desarrollo de habilidades y recursos para maximizar su capacidad de autocuidado e incrementar su autonomía. b) Apoyar y encauzar sus necesidades sociosanitarias desde una perspectiva de promoción de la salud. c) Aumentar el conocimiento y la información sobre su enfermedad y los factores de riesgo, así como sobre las conductas en salud más adecuadas. d) Reducir las desigualdades en salud de las personas afectadas. e) Incorporar la perspectiva de género. Serán subvencionables las siguientes actividades: Asesoramiento e información de

Publicación oficial en euskadi.eus

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