BOPV nº 89 · 2023-05-12 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 2 de mayo de 2023, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula el régimen de concesión de subvenciones en el ejercicio 2023, para actividades musicales profesionales.
De conformidad con el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su difusión. Por su parte, tal como determina el artículo 12 del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, corresponde a la Dirección de Promoción de la Cultura el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 4 de este Decreto en las áreas de música, artes escénicas, libro, audiovisual, artes visuales e industrias culturales y creativas. Dicha Dirección, en el marco de su ámbito competencial, estima oportuna apoyar la actividad musical profesional mediante la concesión de subvenciones a proyectos de producción, promoción y difusión musical. Para ello se contemplan las siguientes modalidades de ayudas: edición de partituras, proyectos musicales unitarios e iniciativas musicales empresariales. Por otra parte, se desea reconocer la actividad de las salas musicales a través de la modalidad del circuito Zuzen-Zuzenean, incentivando la presencia de formaciones musicales vascas en dichas salas, así como el desarrollo de actividades complementarias relacionadas con la actividad musical. Asimismo, a través de la modalidad de ciclos musicales se desea estimular la existencia una oferta temática variada y estable. Con todo ello se pretende potenciar toda la cadena de valor, desde la creación hasta la exhibición y el consumo, apoyando el trabajo de los músicos y la estabilidad de las empresas y la programación. Todo ello no solo desde el punto de vista cultural, sino también comercial, con objeto de que los músicos vean reconocida su labor y de ampliar mercados, creando y fidelizando nuevos públicos e incrementando la financiación y viabilidad de la actividad musical del país. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2021-2024 aprobado por Orden de 18 de febrero de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística y en el Plan anual de subvenciones 2023, aprobado por Orden de 26 de enero de 2023, del Consejero de Cultura y Política Lingüística y publicados en la web del citado Departamento. En virtud de lo cual, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto, modalidades y plazo de ejecución de los proyectos. La presente Orden regula y convoca la concesión de subvenciones para actividades musicales profesionales del ejercicio 2023. Esta convocatoria contempla las siguientes modalidades de subvenciones: Capítulo II: Edición de partituras. Capítulo III: Proyectos musicales unitarios. Capítulo IV: Iniciativas musicales empresa