BOPV nº 99 · 2023-05-26 · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

ORDEN de 9 de mayo de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convocan ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2023.

Mediante la presente Orden de convocatoria se da cumplimiento para el año 2023 a las previsiones contenidas en el Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo (Boletín Oficial del País Vasco núm. 53, de 15 de marzo de 2007), modificado por el Decreto 390/2013, de 23 de julio (Boletín Oficial del País Vasco núm. 143, de 29 de julio de 2013), de modificación del Decreto por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo. El Decreto 34/2007 regula las ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo como un instrumento que contribuye de manera significativa a la lucha contra la pobreza, fortaleciendo los procesos endógenos y las capacidades en los países empobrecidos del Sur, incidiendo prioritariamente en lo local en su interrelación con lo estatal e internacional, a través de entidades sin ánimo de lucro de cooperación para el desarrollo. Esta convocatoria se enmarca dentro del IV Plan Director de Cooperación para el Desarrollo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo prorrogado para los años 2022-2024 por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2022. Tanto el IV Plan Director de Cooperación para el Desarrollo, prorrogado, como el Plan Estratégico de Subvenciones 2023, aprobado por Acuerdo de Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, de 8 de febrero de 2023 y el Plan Anual 2023 se encuentran publicados en la página web de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo www.elankidetza.euskadi.eus. en el apartado «Quienes somos» en «Planificación». El presupuesto aprobado de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo para el ejercicio 2023, aprobado por la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023, contempla crédito suficiente para financiar esta convocatoria. De conformidad con el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, compete al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales las funciones relativas a cooperación para el desarrollo. En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse a tal efecto, la competencia corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en virtud de lo que dispone el artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; así como el artículo 5.b del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. A su vez, el Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión ce

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