BOPV nº 105 · 2023-06-05 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 24 de mayo de 2023, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones para la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo.
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En el ejercicio de tales competencias se aprueba la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la gestión del Patrimonio Cultural Vasco en los aspectos de promoción, conservación, difusión y salvaguarda. En el contexto de la ampliación del concepto de patrimonio que en la sociedad se ha dado, han surgido algunos ámbitos nuevos que escasamente habían sido objeto de atención, y que incluso la propia ley mencionada los trata de una manera genérica. Por ello, en los ejercicios anteriores, tras percibir un contexto de decaimiento y práctica desaparición del sector marítimo tradicional se han realizado las primeras convocatorias de ayudas referidas a la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo. Se trata de un sector en vías de total desaparición cuyos protagonistas, paradójicamente, han empezado a organizarse para darse mutuamente apoyo técnico y mantenimiento para los pocos restos de esta cultura que quedan. Aunque estos años se está produciendo un repunte en la socialización de este patrimonio cultural y, en parte, en la conciencia ciudadana sobre el mismo, se puede calificar como de residuales las muestras de este patrimonio que actualmente se mantienen, más aún las vivas. Se hace necesario, por tanto, continuar con el apoyo institucional en todos los órdenes, a fin de poder preservar este patrimonio cultural marítimo. A fin de cubrir este vacío y cumplir el mandato que de la Ley 6/2019, de Patrimonio Cultural Vasco, emana se aprueba la presente Orden que tiene por objeto la convocatoria de estas subvenciones, así como la regulación del modo y condiciones en que las mismas podrán ser solicitadas y resueltas con cargo al importe consignado para tal finalidad. Todo ello tal y como se estable en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2021-2024, aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística, mediante Orden de 18 de febrero de 2021; y dentro del crédito presupuestario recogido en la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023. Por ello, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto regular y convocar subvenciones para promover las actividades de protección y fomento de bienes muebles e inmuebles que forman parte del patrimonio cultural marítimo del País Vasco, en base a su valor histórico, etnográfico, arqueológico o social, así como la fijación de su régimen de concesión. Artículo 2 Actividades subvencionables. Las ayudas al amparo de la presente Orden, están destinadas a elementos de valor cultural en el ámbito del patrimonio marítimo, que preci