BOPV nº 106 · 2023-06-06 · Turismo, Comercio y Consumo
ORDEN de 30 de mayo de 2023, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan las ayudas destinadas a la Comercialización Turística y a la Promoción (Programa CTP) para el año 2023.
Tras aprobarse la Estrategia Vasca de Turismo Sostenible 2030 y teniendo en cuenta los principales retos y tendencias del sector, en el escenario a medio y largo plazo, el modelo turístico vasco debe basarse en la sostenibilidad y en la calidad, y la diversidad de nuestros destinos, productos y recursos turísticos. Estos objetivos persiguen convertir a Euskadi en un destino turístico seguro, sostenible, responsable, inteligente, de excelencia y competitivo. De igual forma, la coyuntura de incertidumbre y cambiante en la que nos encontramos, obliga a planificar con cautela todos los próximos pasos y a prepararnos para reaccionar y actuar conforme a los retos que se vayan planteando. De este modo, el planteamiento de trabajo para la decimosegunda legislatura del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo se establece con una actuación en dos fases que estarán condicionadas en intensidad y plazos por la evolución de la crisis sanitaria y de sus derivadas económicas, y por la confrontación bélica en Europa, causada por la invasión rusa en Ucrania. Una primera fase de resistencia para sostener el mayor número posible de empleos y de establecimientos y, una segunda fase de reactivación económica y recuperación que, a pesar de los condicionantes expuestos con anterioridad, podría asentarse durante el próximo ejercicio 2023. Así las cosas, y a través del presente programa subvencional, se seguirá apoyando a las empresas del sector turístico en el desarrollo de nuevos productos y su comercialización, además de fomentar el espíritu emprendedor y la cultura de la innovación, así como el apoyo a aquellos eventos que contribuyan a consolidar el posicionamiento la marca turística Euskadi Basque Country y al incremento en el número de pernoctaciones. Desde el punto de vista competencial, la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, en su artículo 5.1.e), atribuye a la Administración turística de Euskadi la competencia para adoptar las medidas adecuadas para el fomento y promoción de la oferta turística, en coordinación con otras Administraciones y organismos, señalando en su artículo 5.2 que la ejecución de dicha competencia corresponde al órgano del Gobierno Vasco competente en materia de turismo. De acuerdo a la actual estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1.a) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, las competencias en materia de turismo corresponden al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo. De conformidad con lo previsto en el artículo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo tiene atribuida la facultad para aprobar este pr