BOPV nº 107 · 2023-06-07 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

ORDEN de 30 de mayo de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan elecciones a vocales del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Getariako Txakolina / Txakoli de Getaria / Chacolí de Getaria».

El artículo 32.3 del Reglamento de la Denominación de Origen «Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria», aprobado por la Orden de 17 de septiembre de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Texto Refundido del Reglamento de la Denominación de Origen «Getariako Txakolina / Txakoli de Getaria / Chacolí de Getaria», establece que los cargos electos del Consejo Regulador serán renovados cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos. Habiendo finalizado el mandato de los vocales electos y electas, se prorroga su mandato hasta la nueva elección de vocales, y procede convocar y regular las elecciones correspondientes. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. A través del presente anexo se establece el procedimiento para la elección de dos vocales, en representación del sector productor de uva, y otros dos vocales, en representación del sector elaborador, y sus correspondientes suplentes, del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Getariako Txakolina / Txakoli de Getaria / Chacolí de Getaria», referidos en las letras c) y d) del párrafo 1, del artículo 32 del Reglamento de le Denominación de Origen. Artículo 2 Calendario Electoral. El calendario, deberá ajustarse el proceso electoral que figura en el Anexo I. En aquellos casos en que coincida en sábado, domingo o festivo alguno de los plazos fijados en el calendario electoral, se habilitará a tal efecto el siguiente día hábil. Asimismo, se declara inhábil el mes de agosto. Se faculta a la Junta Electoral para que pueda realizar las modificaciones y adaptaciones que resulten necesarias del calendario electoral. Artículo 3 Junta Electoral. Se crea una Junta Electoral de la Denominación de Origen «Getariako Txakolina / Txakoli de Getaria / Chacolí de Getaria» (JED). La composición de la Junta Electoral, cuya sede radicará en la del Consejo Regulador de la Denominación de Origen, sita en Getaria (Gipuzkoa), Aldamar Parkea n.º 4, será la siguiente: Persona que ejerza la presidencia: será designada por el titular de la Dirección competente en materia de calidad alimentaria del Gobierno Vasco. Persona que ejerza la vicepresidencia: será designada, por la persona titular del departamento competente en materia de agricultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Vocales: (1) Un asesor jurídico o asesora jurídica, designado o designada por el titular de la dirección competente en materia calidad alimentaria de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que ejercerá las funciones de secretaría. (1) Una persona en representación de cada una de las Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical, designada mediante acuerdo adoptado por cada una las Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical implantadas en el ámbito territorial de la Denominación de Origen. El acuerdo anteriormente mencionado, deberá ser adoptado antes de la fecha de constitución de la Junta Electoral establecida

Publicación oficial en euskadi.eus

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