BOPV nº 108 · 2023-06-08 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
DECRETO 70/2023, de 23 de mayo, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa – Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A. y se autoriza a los representantes de las acciones titularidad directa o indirecta de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi a prestar su conformidad a la modificación del artículo 2 de sus Estatutos Sociales.
El ente SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial participa en el capital social de la sociedad pública Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A., siendo el accionista mayoritario de la misma. El objeto social de la sociedad Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A. consiste en estimular y promover la iniciativa y la inversión industrial mediante la construcción de una serie de edificios y la adecuación de un conjunto de parcelas, gestionando su explotación mediante fórmulas de arriendo, transferencia de propiedad u otras cualesquiera, incluso la cesión en precario, realizando la promoción y comercialización de locales y servicios, el desarrollo de actividades para favorecer la difusión y transferencia de tecnología, así como la selección e invitación a empresas candidatas a implantarse en él, empresas que realizarán actividades en materias de tecnología avanzada. La sociedad Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A. precisa acudir a una ampliación de capital para afrontar la construcción de un nuevo edificio en el Campus de Galarreta con el fin de aumentar los espacios físicos adecuados para desarrollar su objeto social. El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial ha solicitado autorización para concurrir a la ampliación de capital de la sociedad Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A. Esa autorización es necesaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 110.1 de la Ley del Patrimonio de Euskadi cuyo texto refundido fue aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, que establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto. En la operación prevista el ente SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial concurriría a dicha ampliación de capital por un importe total de 4.213.500 euros, equivalente al 76,64 % de la totalidad de la ampliación propuesta, con lo que su participación en Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa Gipuzkoako Zientzia eta Teknologia Parkea, S.A. aumentaría hasta el 67,68 % de su capital social. La ampliación de capital conlleva una nueva redacción del artículo 2 de los estatutos sociales de las sociedades de capital. Por ello, es de aplicación el artículo 111.2 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, que establece que la conformidad de los representantes de las acciones titularidad, directa o indirecta, de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma a la aprobación de los estatutos sociales y sus modificaciones será autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento a que se encuentre vinculada la sociedad. En su virtu