BOPV nº 109 · 2023-06-09 · Lehendakaritza
RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2023, de la Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se convocan prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero, para el año 2023.
El Decreto 222/2003, de 30 de septiembre (BOPV n.º 198, de 10 de octubre de 2003), regula el régimen de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede convocar las prestaciones para el ejercicio 2023. Atendiendo a lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, corresponde a las Secretarías Generales convocar y conceder las subvenciones en las materias propias de sus áreas de actuación. En tal sentido y atendiendo a la materia objeto de la convocatoria, corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar, por un importe de 212.000 euros, prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero para el año 2023, con arreglo a las bases que se aprueban en el anexo. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 222/2003, de 30 de septiembre, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de junio de 2023. La Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior, MARIA ÁNGELES ELORZA ZUBIRIA. ANEXO Bases de la convocatoria de prestaciones económicas a centros vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las colectividades vascas en el extranjero. Primera Objeto. Las presentes bases tienen por objeto convocar prestaciones económicas a Centros Vascos para atender durante el año 2023 necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto 222/2003, de 30 de septiembre. Segunda Dotación. El importe destinado a estas ayudas, para el año 2023, asciende a un total de 212.000 euros. T