BOPV nº 122 · 2023-06-28 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 1184/2023, de 19 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se regulan los requisitos, solicitudes, procedimiento de evaluación y asignación del nivel de la convocatoria ordinaria de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional, correspondiente al ejercicio 2022, para profesionales pertenecientes a las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza.
Conforme al artículo 11 de los Decretos 395/2005, de 22 de noviembre, 35/2007, de 27 de febrero, y 248/2007, de 26 de diciembre, por los que se regula el desarrollo profesional del personal licenciado sanitario, diplomado sanitario y personal no sanitario y sanitario de formación profesional que prestan servicios en Osakidetza-Servicio vasco de salud, corresponde a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud efectuar la convocatoria del proceso de evaluación para el encuadramiento en cada nivel. La presente Resolución, se dicta una vez resuelta la convocatoria de desarrollo profesional por Resolución 1531/2022, de 12 de septiembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los y las profesionales de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el ámbito de la convocatoria extraordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Asimismo, el Decreto 60/2022, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Acuerdo alcanzado en Mesa Sectorial de Sanidad, en su reunión de 8 de julio de 2021, dispone que se aprueba el citado Acuerdo en orden a la realización de convocatorias en los siguientes ejercicios hasta la implantación de un nuevo procedimiento de evaluación y reconocimiento de nivel de desarrollo profesional. Por todo ello y teniendo en cuenta los Decretos 395/2005 de 22 de noviembre, 35/2007 de 27 de febrero y 248/2007 de 26 de diciembre, las modificaciones recogidas en el apartado 5 del anexo al Decreto 106/2008 de 3 de junio que le son de aplicación, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es la regulación de los requisitos, formas y plazo de solicitud y procedimiento de evaluación y asignación del nivel en la convocatoria ordinaria de evaluación y desarrollo profesional de profesionales de Osakidetza-Servicio vasco de salud correspondientes al ejercicio 2022. Artículo 2 Ámbito de aplicación. Podrán solicitar la participación en este proceso el personal fijo y no fijo pertenecientes a todos los grupos profesionales de Osakidetza, que cumplan además de los requisitos de acceso establecidos en el artículo 3 de la presente Resolución, estar en situación de activo o en excedencia para cuidado de familiares, por razón de violencia de género o en servicios especiales, de conformidad con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en las organizaciones de servicios de Osakidetza, durante el plazo de solicitud establecido para la convocatoria. Acorde a los artículos 4 y 5 de los Decretos 395/2005 de 22 de noviembre, 35/2007 de 27 de febrero y 248/2007 de 26 de diciembre, la solicitud y reconocimiento de nive