BOPV nº 132 · 2023-07-12 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 4 de julio de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, de segunda modificación de la Orden de 24 de octubre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan ayudas de formación a personal investigador y tecnólogo para 2019, en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco.
Mediante el Decreto 185/2007, de 23 de octubre, de ayudas de formación a jóvenes investigadores y tecnólogos en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco, se regulaban unas subvenciones de carácter no reintegrable, cuyas personas beneficiarias eran investigadores predoctorales y tecnólogos. Estas subvenciones tenían carácter plurianual, de cuatro años máximo para el personal investigador predoctoral y de dos años máximo para los tecnólogos. Contemplaba el decreto unos centros de adscripción, con naturaleza de entidades colaboradoras en la gestión de la subvención, cuya función principal era la de ser el lugar donde las beneficiarias desarrollan la actividad formativa. Además, en el caso de los investigadores predoctorales, la entidad colaboradora actuaba, a su vez, como empleadora de la persona beneficiaria. Para ello el párrafo b del apartado 1 del artículo 16 del decreto establecía que el importe de la ayuda se establecería en cada orden de convocatoria anual, debiendo destinarse necesariamente a abonar el salario y la Seguridad Social de los investigadores predoctorales contratados. En todo caso, la vocación del decreto era cubrir la totalidad de los costes derivados de la contratación. La propia figura de la entidad colaboradora refuerza esa vocación en los casos en los que esta, a su vez, es la entidad empleadora, que a estos efectos se limita a ejecutar la totalidad de los fondos que esta Administración le transfiere, para hacer frente, a su vez, a la integridad de los costes que supone la contratación del personal investigador predoctoral. Dicho Decreto 185/2007, de 23 de octubre, fue derogado mediante el Decreto 15/2020, de 18 de febrero, de idéntico nombre, si bien se declaraban vigentes actos y resoluciones dictadas conforme a ellos hasta la total extinción de sus efectos. Perviven a día de hoy algunos efectos, en concreto los derivados de la contratación del personal investigador predoctoral cuyos contratos se iniciaron en el año 2019 y finalizan en el año 2023. Este personal se contrató en ejecución de lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de 24 de octubre de 2018, por la que se convocaron las subvenciones reguladas en el Decreto 185/2007, de 23 de octubre para el ejercicio 2019. En el artículo quinto de dicha Orden se contemplaba la dotación económica de las subvenciones y en el artículo séptimo la cuantía de las mismas y los concetos a los que irían destinadas. Una vez resuelta la convocatoria de subvenciones correspondientes al ejercicio 2019, se celebraron los contratos de trabajo predoctorales con el personal investigador predoctoral, en los términos ordenados por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En tal sentido, la reciente Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, introduce un nuevo