BOPV nº 132 · 2023-07-12 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
DECRETO 94/2023, de 27 de junio, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de saneamiento de Amezketa (tramo Amezketa-Ugarte).
La Diputación Foral de Gipuzkoa, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto actualizado del saneamiento de Amezketa (tramo Amezketa-Ugarte) y de la vía ciclista peatonal de Amezketa a Ugarte», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto en lo relativo al saneamiento. Mediante orden foral del Diputado de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas, de fecha 16 de diciembre de 2021, se resolvió iniciar el trámite de información pública y someter a dicho trámite la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de veinte días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2022, la Diputación Foral de Gipuzkoa acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado tres alegaciones, según consta en el expediente administrativo. Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias: En la actualidad, el municipio de Amezketa vierte sus aguas residuales directamente al medio natural, sin apenas tratamiento previo. De forma puntual existen fosas sépticas que evitan la llegada de sólidos a los cauces, pero la efectividad de estos sistemas de depuración apenas es apreciable en términos de contaminación por materia orgánica. En general, el medio receptor de estos vertidos es un curso de agua de pequeña entidad, lo que agrava el impacto de los mismos. El acceso de la población y el ganado a esos cauces supone un problema sanitario que es necesario resolver, pero también hay motivos medioambientales que justifican la urgencia de la solución, puesto que la contaminación del medio natural afecta de forma directa a los hábitats y especies que ahí se desarrollan. En este proyecto se contempla la ejecución de los colectores de recogida de los vertidos del núcleo de Amezketa. Los vertidos se conectarán con el sistema general de saneamiento del Oria Medio en Alegia, desde donde se conducirán a la EDAR de Uralde, en Aduna. En esta instalación serán depurados adecuadamente y vertidos al medio. Se plantea la ejecución de estas obras divididas en dos fases. La primera fase, objeto de este informe, comprende el tramo entre Amezketa y el barrio de Ugarte. En un tramo importante de esta fase se hacen coincidir los trazados del colector y el de una vía ciclista peatonal de Amezketa a Ugarte, ambos de nueva ejecución y cuyas obras también se definen en el presente proyecto. En el t