BOPV nº 135 · 2023-07-17 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2023, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Tesorería, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Astigarraga.

Mediante Resolución de 21 de mayo de 2010, del Director de Registros Administrativos y de Régimen Local, se clasificaron de clase segunda la Secretaría y la Intervención del Ayuntamiento de Astigarraga. El apartado primero del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL), en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (en adelante, LRSAL), establece que existen determinadas funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y entre dichas funciones se encuentran las de contabilidad, tesorería y recaudación. De tal manera, desde la entrada en vigor de la LRSAL, en las Corporaciones Locales con Secretaría de clase segunda habrá de existir, con carácter obligatorio, el puesto de trabajo de Tesorería, el cual deberá estar reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Atendiendo al citado artículo 92 bis de la LBRL, su apartado cuarto establece que el Gobierno, mediante Real Decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. Consecuentemente, con fecha 16 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 128/2018, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (en adelante, Real Decreto 128/2018). En base a lo previsto en el artículo 14.1 del Real Decreto 128/2018, en las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al que le corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones de tesorería y recaudación; puesto que estará reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería. Asimismo, la disposición transitoria sexta, apartado segundo, del Real Decreto 128/2018, determina que en las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda, y el puesto de Tesorería no esté reservado a la escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional a la entrada en vigor del Real Decreto, deberán solicitar a la Comunidad Autónoma correspondiente la clasificación del puesto como reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería. De tal manera, y conforme a lo dispuesto en la citada disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, el Ayuntamiento de Astigarraga solicitó a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos la clasifica

Publicación oficial en euskadi.eus

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