BOPV nº 144 · 2023-07-31 · HABE

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2023, del Director de HABE, por la que se regula el procedimiento y las condiciones de concesión de subvenciones a alumnos y alumnas de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1C1 a partir de un concreto nivel de inicio o de partida, para la realización de cursos que tengan por objeto el nivel de comunicación C1C1 durante el curso 2023-2024.

La Ley 29/1983, de 25 de noviembre, creó el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), dirigido a la euskaldunización de adultos, con el objetivo de conseguir el mayor número posible de vascoparlantes. Mediante el Decreto 179/2003, de 22 de julio, se reguló la actividad de los euskaltegis y otros centros homologados que imparten la enseñanza del euskera para personas adultas y la financiación que reciben de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El artículo 17 del citado Decreto 179/2003 establece que HABE podrá establecer, con carácter supletorio, dentro de los límites de sus disponibilidades presupuestarias, otro tipo de subvenciones dirigidas al alumnado inmerso en procesos de euskaldunización en las modalidades y soportes a que se refiere dicho Decreto o mediante sistemas homologados, en el marco de sus resultados académicos. Por otro lado, en la tercera acción del compromiso 118 del programa de Gobierno de esta XII Legislatura se recoge el incremento de los programas y ayudas para aumentar el conocimiento del euskera, estableciendo con carácter general la gratuidad hasta el nivel acreditado B2 y ofreciendo la gratuidad hasta el nivel C1 para las personas de 16 a 30 años. En este sentido, la Orden de 26 de enero de 2023, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Anual de Subvenciones 2023 y se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2024, prevé como objetivo estratégico en materia de Política Lingüística el impulso de la euskaldunización de adultos, previendo, entre otros, subvenciones dirigidas a jóvenes estudiantes de 16 a 18 años para la consecución del nivel C1 de euskera, con el fin de que aquellos jóvenes que vayan a la universidad o al mercado laboral puedan iniciarse en su carrera con una adecuada competencia comunicativa en euskera. En virtud de las disposiciones anteriores, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se aprueban las normas orgánicas de HABE (y por el Decreto 166/2019, de 22 de octubre, que lo modifica), regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y en base a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que la desarrolla), RESUELVO : Primero Aprobar las bases y la convocatoria de concesión de subvenciones para el alumnado de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1C1 a partir de un concreto nivel de inicio o de partida, para la realización de cursos que tengan por objeto el nivel de competencia comunicativa C1C1 de euskera durante el curso 2023-2024. Segundo Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante el Director de HABE. Para ello, dispondrán de un plazo de un mes a partir del día siguient

Publicación oficial en euskadi.eus

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