BOPV nº 150 · 2023-08-08 · Educación
ORDEN de 17 de julio de 2023, del Consejero de Educación, sobre adscripción a nivel y curso, evaluación, pruebas de certificación de nivel y otras certificaciones y cursos en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el Capítulo VII de su Título I a la ordenación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. Completan el marco normativo de dicha ordenación: El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto; El Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial; El Decreto 80/2019, de 21 de mayo, por el que se dispone la implantación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se establece el currículo de los niveles Básico A1, Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de dichas enseñanzas; La Orden de 3 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, sobre admisión, y matriculación del alumnado en la Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las referidas normas contemplan, en algunos casos con carácter de legislación estatal básica, en otros de aplicación exclusiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi, distintos aspectos relativos tanto a los cursos impartidos en las Escuelas Oficiales de Idiomas, como a las certificaciones. Aspectos que requieren, en algunos casos, una mayor concreción para su correcto desarrollo y aplicación, objetivo este al que atiende la presente Orden, que se dicta en ejercicio de la competencia atribuida con carácter general en los artículos 26.4 y 61 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, y en las concretas habilitaciones de desarrollo normativo realizadas a este departamento por el citado Decreto 80/2019, de 21 de mayo. En su virtud, DISPONGO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es el desarrollo de la normativa que regula las enseñanzas de idiomas de régimen especial a que se refieren el artículo 59 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, y el Decreto 80/2019, de 21 de mayo, en lo que se refiere a la certificación oficial de nivel: a) La adscripción a nivel y curso en las enseñanzas dirigidas a la certificación de nivel. b) La evaluación en los cursos de competencia general de nivel. c) Las pruebas de certificación oficial de nivel de competencia general y de competencias parciales por actividades de lengua. d) Los