BOPV nº 184 · 2023-09-26 · Educación
ORDEN de 20 de septiembre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se convocan, con carácter extraordinario, asignaciones individualizadas para el alumnado con derecho a transporte escolar matriculado en el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, para el curso escolar 2023-2024 y afectado por la falta de prestación de dicho servicio al inicio del curso escolar.
El servicio de transporte escolar, actualmente regulado en el Decreto 69/2015, de 19 de mayo, y posteriores modificaciones, recoge distintas modalidades en la prestación del citado servicio. Gran parte de dicho servicio de transporte escolar, al amparo de lo dispuesto en el párrafo «a)» del apartado primero del artículo segundo del citado Decreto 69/2015, se presta mediante rutas de vehículos contratadas por el departamento competente en materia educativa que prestan el servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera. No obstante, la actual situación, expuesta en la Orden 1 de septiembre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se ordena la continuidad de la prestación del servicio de transporte escolar para el alumnado que curse las enseñanzas de tercer curso del Primer Ciclo de Educación Infantil, Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica aboca u obliga a la adopción de medidas excepcionales por la imposibilidad de seguir prestando el servicio en las condiciones ofrecidas hasta el momento. Tal y como bien establece la Orden de 1 de septiembre de 2023, del Consejero de Educación, el transporte escolar constituye un factor que condiciona el ejercicio del derecho a la educación y, por tanto, forma parte de las obligaciones que deben ser asumidas por la Administración educativa en determinadas circunstancias y enseñanzas, debiendo recordar que nos hallamos ante un derecho fundamental, regulado en el artículo 27 de la Constitución. El transporte escolar es, por tanto, un servicio esencial y directamente relacionado con el derecho fundamental a la educación que, cada curso escolar, garantiza en la Comunidad Autónoma del País Vasco el desplazamiento al centro educativo de decenas de miles alumnos y alumnas. De ahí, la presente Orden por la que se convocan, con carácter extraordinario, asignaciones individualizadas para el alumnado con derecho a transporte escolar matriculado en el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica para el curso escolar 2023-2024 y afectado por la falta de prestación de dicho servicio al inicio del curso escolar, a fin de minimizar, por una parte, el perjuicio causado por la falta de prestación del servicio y, por otra, contribuir a sufragar los gastos ocasionados por la citada situación. Así, en base a lo establecido en el Decreto 69/2015, de 19 de mayo, sobre el transporte escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco financiado por el departamento competente en materia educativa, y posteriores modificaciones, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General