BOPV nº 185 · 2023-09-27 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 91/2023, de 20 de septiembre, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del convenio, en materia de formación, entre Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto Vasco de Administración Pública.

Habiéndose suscrito el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio, en materia de formación, entre Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto Vasco de Administración Pública, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de septiembre de 2023. La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, MARÍA BEGOÑA OTALORA ARIÑO. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 91/2023, DE 20 DE SEPTIEMBRE, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO EN MATERIA DE FORMACION ENTRE EL ENTE PÚBLICO DE DERECHO PRIVADO OSAKIDETZA SERVICIO VASCO DE SALUD Y EL INSTITUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA En Vitoria-Gasteiz, a 13 de septiembre de 2023. INTERVIENEN: De una parte, María Rosa Pérez Esquerdo, Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, ente público de derecho privado creado por Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación sanitaria de Euskadi y adscrito al Departamento de Salud del Gobierno Vasco, que ejerce la representación del Ente Público en virtud de las facultades conferidas en el artículo 11 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por los que se aprueban los Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». De otra parte, Maite Barruetabeña Zenekorta, Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, Organismo Autónomo creado por Ley 16/1983, de 27 de julio, de Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública y adscrito al Departamento de Gobernanza y Autogobierno del Gobierno Vasco, que ejerce la representación del Instituto en base a lo dispuesto en el artículo 12 de la misma Ley. Ambas partes comparecen en nombre y representación de las instituciones a las que, respectivamente, pertenecen y, de modo recíproco, se reconocen capacidad para formalizar el presente Convenio, estimando que una estrecha cooperación entre el Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto Vasco de Administración Pública puede proporcionar recíprocos beneficios en el cumplimiento de las funciones que en materia de formación ambas instituciones tienen encomendadas, por lo que, EXPONEN: Primero El Decreto 289/2010, de 9 de noviembre, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de octubre de 2010, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos establecidos por el Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre. Segundo El Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud recoge entre los fines de interés general que, en desarrollo de su objeto debe perseguir, el de promover la formación y actualización de los

Publicación oficial en euskadi.eus

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