BOPV nº 192 · 2023-10-06 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 29 de septiembre de 2023, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula el suministro de metadatos y miniaturas de los Socios de Datos de Euskariana a Europeana.
La presente Orden presenta su encaje legal en el marco de las competencias que el Estatuto de Autonomía del País Vasco otorga, en materia de cultura, a la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) en su artículo 10, apartados 17, 19 y 20. Así, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 17 del Estatuto de Autonomía, la CAPV ostenta la competencia exclusiva en materia de cultura. Por su parte, el apartado 19 reconoce la competencia autonómica exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, asumiendo la CAPV el cumplimiento de las normas y obligaciones que establezca el Estado para la defensa de dicho patrimonio contra la exportación y la expoliación. Del mismo modo, el apartado 20 reconoce dicha competencia autonómica exclusiva en materia de archivos, bibliotecas y museos que no sean de titularidad estatal. Por su parte, la nueva Ley de Patrimonio Cultural Vasco, 6/2019, de 9 de mayo, en su Exposición de motivos, formula una definición abierta del Patrimonio Cultural Vasco, debiendo entenderse por tal, todas aquellas expresiones significativas que configuran la herencia cultural de nuestra comunidad y que se manifiestan a través de realidades materiales, inmuebles o muebles, y de realidades inmateriales. A su vez, la citada ley reconoce la importancia del patrimonio digital, virtualizado a partir de un objeto analógico o nacido como objeto digital, subrayando la aparición de un nuevo espacio cultural digital interconectado en el que se comparten herramientas de preservación de archivos, tratamiento de datos y difusión, ofreciendo la oportunidad de hacer más accesible el contenido cultural e incluso de posibilitar su reutilización, siempre que sea compatible con los derechos de propiedad intelectual y con la protección de datos de carácter personal. En consonancia con lo anterior, la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco señala en su artículo 1, que el nuevo régimen jurídico que se establece en dicha ley para el patrimonio cultural vasco de la CAPV, tiene la finalidad de garantizar su protección, conservación y salvaguarda, así como posibilitar su conocimiento, investigación, difusión y disfrute por todas las personas en condiciones de accesibilidad universal siempre que las condiciones así lo permitan, tanto a la generación actual como a las generaciones futuras. A propósito de todo ello, dos de los objetivos fundamentales del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco son la conservación del patrimonio cultural vasco y su difusión. En concreto, este Departamento, a través de su Servicio de Biblioteca Digital, lleva a cabo tareas tales como la de establecer los mecanismos adecuados para la creación, protección y difusión del patrimonio digital vasco, la de garantizar su acceso y la de promover programas de colaboración en materia de patrimonio digital. De forma tradicional, tales objetivos han estado reservados a los archivos, a las bibliotecas y a los museos