BOPV nº 192 · 2023-10-06 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 95/2023, de 3 de octubre, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del convenio en materia de formación con el Instituto Vasco de Administración Pública.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio en materia de formación con el Instituto vasco de Administración Pública, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2023. La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, MARÍA BEGOÑA OTALORA ARIÑO. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 95/2023, DE 3 DE OCTUBRE, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO EN MATERIA DE FORMACION ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y EL INSTITUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA En Vitoria-Gasteiz, a 13 de septiembre de 2023. INTERVIENEN: De una parte, Jokin Bildarratz Sorron, Consejero de Educación del Gobierno Vasco, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación. De otra parte, Maite Barruetabeña Zenekorta, Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, Organismo Autónomo creado por Ley 16/1983, de 27 de julio, de Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública y adscrito al Departamento de Gobernanza y Autogobierno del Gobierno Vasco, que ejerce la representación del Instituto en base a lo dispuesto en el artículo 12 de la misma Ley. Ambas partes comparecen en nombre y representación de las instituciones a las que, respectivamente, pertenecen y, de modo recíproco, se reconocen capacidad para formalizar el presente Convenio, estimando que una estrecha cooperación entre el Departamento de Educación y el Instituto Vasco de Administración Pública puede proporcionar recíprocos beneficios en el cumplimiento de las funciones que en materia de formación ambas instituciones tienen encomendadas, por lo que, EXPONEN: Primero El Decreto 289/2010, de 9 de noviembre, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de octubre de 2010, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos establecidos por el Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre. Segundo El Instituto Vasco de Administración Pública tiene atribuidos, por la Ley 16/1983 que determinó su creación, entre otros fines, la formación y perfeccionamiento de los funcionarios y contratados de la Administración Autónoma del País Vasco, o que cualquier otra Administración Pública o el ordenamiento jurídico pudiere encomendarle. Tercero El Decreto 133/2021, de 4 de mayo, por el que se regula la estructura y