BOPV nº 196 · 2023-10-13 · Educación
ORDEN de 3 de octubre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas para estancias en centros distintos al de aplicación del Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador.
Con el fin de contribuir a la formación integral de los y las estudiantes de doctorado complementando su aprendizaje teórico y práctico, así como con el de favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas y los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento, la Orden de 20 de junio de 2023, del Consejero de Educación, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador No Doctor correspondiente al curso 2023-2024, establece la obligatoriedad de la realización de una estancia internacional para las personas beneficiarias de una ayuda nueva. Dicha estancia facilitará la obtención de la mención internacional del doctorado, así como la internacionalización de la investigación realizada. La citada Orden, en su artículo 8.5, establece el derecho a percibir una ayuda económica para la realización de una estancia de investigación en el extranjero. Se establece que la solicitud se cumplimentará mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Departamento, en aplicación del Decreto 4/2022, de 11 de enero, por el que se regula la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en la solicitud y demás trámites de las solicitudes de ayudas y premios a la investigación. En virtud de lo establecido en el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV n.º 176 de 7 de septiembre 2020). Teniendo en cuenta el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre de 1991 (BOPV de 7 de febrero de 1992) por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión y el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Con arreglo a la normativa básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley General de Subvenciones y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Convocar ayudas para la realización de estancias predoctorales en centros distintos al de aplicación para el personal investigador en formación. La finalidad de las estancias será contribuir a la formación integral de los estudiantes de doctorado complementando su aprendizaje teórico y práctico, así como con el de favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas y los val