BOPV nº 203 · 2023-10-24 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2023, de la Directora del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de recuperación de la memoria democrática, desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el año 2023.
Los poderes públicos tienen que velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria como patrimonio colectivo que testimonia la lucha por las libertades y los derechos democráticos. Con esta finalidad, se tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y rehabilitación de las personas que padecieron las injusticias y violaciones de derechos humanos. En este contexto, es voluntad del Gobierno Vasco, a través del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, llevar a cabo una política pública de recuperación y conservación de la memoria y, por tanto, impulsar sus valores y principios democráticos, en los cuales se basa la convivencia de la sociedad actual. El objetivo principal es honrar y recuperar la memoria de todas las víctimas de los hechos traumáticos ocurridos en Euskadi desde 1936 a consecuencia de la Guerra Civil, la Dictadura franquista, el terrorismo de ETA y de otros grupos de extrema derecha y los GAL, así como de la violencia policial ilícita. Con ellos, la de sus familiares. Por otra parte, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, menciona en su Exposición de Motivos que los símbolos públicos deben tener como finalidad el encuentro de los ciudadanos en paz y democracia y nunca una expresión ofensiva o de agravio. Señala, asimismo, que la incompatibilidad de la democracia española con la exaltación del alzamiento militar o el régimen dictatorial hace necesario introducir las medidas que eviten situaciones de cualquier naturaleza o actos de enaltecimiento de los mismos o sus dirigentes. En coherencia con ello, el apartado 1 del artículo 35 de dicha Ley define los elementos contrarios a la memoria democrática como las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial. Y el apartado 3 del mismo artículo conmina a las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, a adoptar las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos. La Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, atribuye a este organismo, entre otros fines, la participación en el diseño, promoción, desarrollo y ejecución de la política pública relativa a los valores éticos y los principios democráticos que resulten sustanciales a la memoria de la lucha por la libertad, la garantía de los derechos humanos y la convivencia democrática de la sociedad vasca. Una de las herramientas de este Instituto para la consecución de est