BOPV nº 205 · 2023-10-26 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 10 de octubre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación «Fabrika» Centro de Alto Rendimiento para la Transformación de la Cultura Empresarial-«Fabrika» Fundazioa, Enpresen Kultura Eraldatzeko Errendimendu Handiko Zentroa.

El 4 de mayo de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación «Fabrika» Centro de Alto Rendimiento para la Transformación de la Cultura Empresarial-«Fabrika» Fundazioa, Enpresen Kultura Eraldatzeko Errendimendu Handiko Zentroa, acordada por el patronato de la fundación el 16 de marzo de 2023, y elevada a escritura pública que se otorgó en Donostia el 4 de mayo de 2023 ante la Notaria Dña. Ana Isabel Jaurrieta Alegría (número de protocolo: 505). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Asimismo, mediante dicho acuerdo se modifican las disposiciones estatutarias relativas a: Artículo 15 (Dirección General de la fundación): La Dirección General de la fundación recaerá en la persona designada por Adegi, modificando la redacción anterior por la que se atribuye a la Dirección General de Adegi. Artículo 22 (constitución y adopción de acuerdos): se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección General de la fundación. Artículo 29 (modificación de estatutos): se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección General de la fundación. Artículo 30 (fusión): se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección General de la fundación. Artículo 31 (escisión): se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección General de la fundación. Artículo 33 (procedimiento de extinción). Se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección general de la fundación. Artículo 35 (transformación de la fundación en otra entidad): se otorgan facultades a la Dirección General de Adegi en sustitución de las facultades concedidas en la redacción anterior a la Dirección General de la fundación. Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Al p

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