BOPV nº 239 · 2023-12-18 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2023, de la Directora de Juventud, por la que se convoca el programa «Juventud Vasca Cooperante», para el año 2024.

Por Decreto 132/2023, de 12 de septiembre de 2023, de regulación del programa «Juventud Vasca Cooperante» (BOPV n.º 183, de 25 de septiembre de 2023), se regulan las dos vertientes del programa «Euskadiko Gazteak Lankidetzan»; una, relativa a la convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de cooperación al desarrollo para que presenten los proyectos a desarrollar en Países del Sur, y otra, relativa a la convocatoria de ayudas a las personas jóvenes para su participación en dichos proyectos. Para el año 2024, la presente convocatoria, sujeta al régimen de tramitación anticipada, continúa con el objetivo de que las personas jóvenes del País Vasco se acerquen al concepto de cooperación, así como ofrecer la posibilidad de conocer «in situ» el desarrollo de tales acciones, experiencia que se verá ampliada y completada con la celebración previa de unas jornadas informativas y orientativas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico de Subvenciones de Lehendakaritza de 2024. En su virtud, RESUELVO : Artículo único Realizar la convocatoria, para el año 2024, del programa «Juventud Vasca Cooperante» y aprobar las bases reguladoras del mismo, con arreglo a lo previsto en el Anexo I de la presente Resolución. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la resolución de las subvenciones concedidas al amparo de la presente Resolución queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2023. La Directora de Juventud, MIREN SARATXAGA DE ISLA. ANEXO I RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DE JUVENTUD, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROGRAMA «JUVENTUD VASCA COOPERANTE», PARA EL AÑO 2024. BASES Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es convocar para 2024 las ayudas a personas jóvenes, nacidas entre 1994 y 2002, que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 20 del Decreto 132/20

Publicación oficial en euskadi.eus

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