BOPV nº 243 · 2023-12-22 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2023, del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se concede autorización ambiental integrada a la instalación de procesamiento de datos promovida por Merlín Logística, S.L.U. en Edificio 3, Supermanzana 6, Plataforma Logística Arasur, término municipal de Ribabellosa (Ribera Baja, Álava).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 16 de mayo de 2023 Merlín Logística, S.L.U. completó la solicitud de la autorización ambiental integrada, previa declaración de impacto ambiental, para el proyecto de instalación de procesamiento de datos en edificio 3, supermanzana 6, plataforma logística Arasur, en el término municipal de Ribabellosa (Ribera Baja), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi y con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto Técnico y Estudio de Impacto Ambiental para la Autorización ambiental integrada y Declaración de Impacto Ambiental. Resumen no técnico. Solicitud de informe de compatibilidad urbanística. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Anuncio de 9 de mayo de 2023 del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Merlín Logística, S.L.U., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial de Araba y en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco con fecha 26 de mayo de 2023. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del texto refundido de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco solicitó con fechas de 22, 23 y 31 de mayo de 2023 informes al Ayuntamiento de Ribabellosa (Ribera Baja), a URA Agencia Vasca del Agua, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, al Departamento de Euskera, Cultura y Deportes y al Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Araba a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, a la Dirección de Salud Pública y Adicciones; a IHOBE, a la Dirección de Patrimonio Cultural, a la Dirección de Patrimonio Natural todos ellos organismos del Gobierno Vasco; a Ekologistak Martxan Araba, al grupo alavés para la defensa y estudio de la naturaleza (Gaden) y a Recreativa Eguzkizaleak. Con fechas 16 y 19 de junio de 2023 se recibieron los informes anteriormente citados y requeridos a la Dirección de Salud Pública y Adicciones y a la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco. En aplicación del artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con fecha 21 de agosto de 2023 el órgano sustantivo remitió los informes recibidos en los trámites anteriores para su consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y del estudio de impacto ambiental. Con fecha 25 de agosto de 2023 el promotor remite escrito el que señala que no

Publicación oficial en euskadi.eus

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