BOPV nº 244 · 2023-12-26 · Lehendakaritza
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2023, del Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo, en el año 2024, de programas y actividades en el ámbito de Juventud.
El artículo 10.39 del Estatuto de Autonomía del País Vasco dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Euskadi la competencia exclusiva en materia de política juvenil. Por su parte, el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por el Decreto 18/2022, de 23 de septiembre, del Lehendakari, de segunda modificación, atribuye a Presidencia las funciones y áreas de actuación en materia de Juventud. Lehendakaritza, comparte con otras Instituciones, la labor de fomento de la actividad en el ámbito de Juventud de la Comunidad Autónoma. A tal fin, establece, a través de la presente Resolución, los cauces para hacer efectivo su apoyo a aquellas personas jurídicas, públicas o privadas, que tengan entre sus fines el desarrollo de una actividad enmarcada en alguno de los ámbitos que determina la presente convocatoria. Dicho apoyo, que mediante la presente Resolución se pretende en el ámbito de Juventud de la Comunidad Autónoma, se plantea por Lehendakaritza como un instrumento más que ayude a potenciar la integración de los y las jóvenes, permitiendo a las diferentes entidades de la Comunidad Autónoma la ejecución de sus programas de Juventud conforme al diseño libremente elaborado por las mismas y eludiendo la determinación de unos límites estrictos que pudieran coartar la iniciativa creativa de los agentes del ámbito de Juventud. A tenor de lo expuesto, mediante la presente convocatoria, sujeta al régimen de tramitación anticipada, se diseña un marco de apoyo para las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, dedicadas al ámbito de Juventud lo suficientemente amplio para permitir el acceso al régimen de subvenciones a todas aquellas entidades que deseen ejecutar una actividad o un programa anual, con rigor y desde cualquier perspectiva, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 9.1. i) de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico de Subvenciones de Lehendakaritza de 2024. Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el Título VI y el capítulo III del Título VII del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento que la desarrolla, En su virtud, RESUELVO : Artículo único Aprobar las bases contenidas en el Anexo I de la presente Resolución y realizar la convocatoria de subvenciones para el desarrollo, en el año 2024, de programas y actividades en el ámbito de Juventud. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA A los efectos contemplados en el artíc