BOPV nº 7 · 2024-01-10 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 19 de diciembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Ingurugiro Etxea Fundazioa en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, cambio de domicilio y composición del patronato.
El 6 de julio de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la escritura de 24 de marzo de 2023, otorgada en Azpeitia, ante el Notario D. Francisco-Javier Lazaro Eusa (número de protocolo 589), por la que se elevan a público los acuerdos del patronato de 10 de enero de 2023, sobre cambio del domicilio de la entidad, cambio de la composición del patronato y la modificación de estatutos en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. Mediante dicho acuerdo se modifica la disposición estatutaria relativa al domicilio (artículo 4) trasladando el mismo desde la calle Foru Ibilbidea 18 de Azpeitia (Gipuzkoa) a la ubicación actual sita en la Plaza Nagusia 5 de la misma localidad. Se incorpora en el artículo 1, relativo a la denominación, la pertenencia de la Fundación al Sector Público Vasco, estando adscrito al Ayuntamiento de Azpeitia, siendo de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, los artículos 63 y 64 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 41 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo del Sector Público Vasco. Se modifica la composición del patronato (artículo 8) se disminuye el número mínimo de miembros pasando de nueve miembros a siete miembros en la redacción actual. Asimismo, se modifica la forma de elección de los miembros del patronato siendo estos cargos nombrados de la forma siguiente: Cinco miembros nombrados por el Ayuntamiento de Azpeitia. Un miembro nombrado por el Ayuntamiento de Azkoitia. Un miembro nombrado por Urola Erdiko Lapatx Zabortegia, S.A. Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Por lo expuesto, RESUELVO :