BOPV nº 9 · 2024-01-12 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2023, del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental, por la que se revisa y se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Unilever Foods Industrial España, S.L.U. para la actividad de fabricación de mahonesas y salsas en el término municipal de Leioa (Bizkaia).

HECHOS Por Resolución inicial 8 de mayo de 2008, (AAI00241) del Viceconsejero de Medio Ambiente, se concedió autorización ambiental integrada a la instalación de fabricación de margarinas, mahonesas y salsas y refino de aceites y grasas vegetales promovida por Unilever Foods España, S.A. en Leioa (Bizkaia), emitida en el marco de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Mediante Resolución de 6 de agosto de 2010, de la Viceconsejera de Medio Ambiente se hace efectiva la autorización ambiental integrada concedida a Unilever Foods Industrial España, S.A. para la actividad fabricación de margarinas, mahonesas y salsas y refino de aceites y grasas vegetales en el término municipal de Leioa (Bizkaia), y se le asigna el número de autorización 16I-01-000000000241. Con fecha 15 de junio de 2011 Unilever Foods Industrial España, S.L.U. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en la implantación de una instalación de cogeneración eléctrica, confirmada como no sustancial por este órgano con fecha de 4 de julio de 2011. Con fecha 28 de marzo de 2018 Unilever Foods Industrial España, S.L.U. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en el recrecimiento del tanque de homogeneización de la depuradora confirmada como no sustancial por este órgano con fecha de 26 de abril de 2018. Por Resolución de 16 de octubre de 2018 de la Viceconsejera de medio ambiente se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Unilever Foods Industrial España, S.L.U. incluyendo a Serioplast Spain, S.L.U. como titular de la actividad de soplado y conformado de envases de plástico, y se califican como modificaciones no sustanciales las modificaciones consistentes en la supresión de los procesos de desengrasado, hidrogenación y refrigeración mediante agua de la ría en las instalaciones promovidas por Unilever Foods Industrial España, S.L.U. y Serioplast Spahn, S.L.U. Con fecha 4 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión de Ejecución (UE) 2019/2031 de la Comisión de 12 de noviembre de 2019 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, de conformidad con la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (C/2019/7989). Con fecha 1 de julio de 2021, el titular de la instalación comunicó al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco su voluntad de realizar una modificación en la instalación autorizada, así como el carácter no sustancial de dicha modificación. Se adjuntó al efecto la documentación AAI00241_MNS_2021_001 justificativa de la consideración de tal modificación como no sustancial. La modificación comunicada a este órgano consiste en la baja de cinco focos debido al cierre del departamento de refinería. Son los focos 2, 4, 5, 6 y 7-D. Con fecha 11 de octubre de 2022, el titular de la instalación comunicó al órgano ambi

Publicación oficial en euskadi.eus

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