BOPV nº 12 · 2024-01-16 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2023, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se conceden y deniegan las ayudas extraordinarias al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania, aprobadas, para el año 2023, por la Orden de 26 de septiembre de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Mediante Orden de 26 de septiembre de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se aprueban, para el año 2023, las ayudas extraordinarias al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania. De acuerdo con el Base 8 de la citada Orden de 26 de septiembre de 2023, la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco es el órgano competente para la gestión y resolución de las ayudas. Por Resolución del Director de Agricultura y Ganadería, de 26 de octubre de 2023, se publicó en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi la relación provisional de titulares de las explotaciones en las que concurren los requisitos requeridos, así como el número de hectáreas computadas, concediendo un plazo de diez días hábiles para aceptar, rechazar la inclusión o solicitar la modificación de los datos y, en el caso de no figurar en el listado provisional, y que cumplan los requisitos establecidos, solicitar su inclusión, aportando la documentación acreditativa que corresponda. Así mismo, con fecha 27 de noviembre de 2023 se publicó en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Resolución del Director de Agricultura y Ganadería por la que se publica la relación de titulares de explotaciones que deben subsanar y/o acreditar algún extremo en relación con la concesión de las ayudas extraordinarias al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania, para el año 2023. Teniendo en cuenta todo lo anterior, y tras el análisis de las alegaciones presentadas, se ha comprobado que las personas beneficiarias que figuran en el Anexo I de esta Resolución, cumplen los requisitos establecidos en la Orden de 26 de septiembre de 2023 para percibir la ayuda, entre los que se encuentra hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Así mismo, se ha determinado aquellas personas titulares de explotación que no cumplen tales requisitos y, a los que, por tanto, procede denegar la ayuda, que son las que aparecen en el Anexo II. La cuantía de la ayuda se ha calculado aplicando los importes unitarios establecidos en la base 7 de la Orden de 26 de septiembre de 2023: A) Ayuda para la compensación de rendimientos económicos en uva tinta: a) Explotaciones 30 Ha: 390 euros/Ha. b) Explotaciones > 30-60 Ha: 260 euros /Ha. c) Explotaciones > 60 Ha: 130 euros/Ha. B) Ayuda para la compensación de las pérdidas económicas y costes añadidos por operaciones de reducción de rendimiento: a) Explotaciones 15 Ha: 1.100 euros /Ha. b) Explotaciones > 15-30 Ha: 825 euros/Ha. c) Explotaciones > 30 Ha: 550 euros/Ha. De acuerdo con