BOPV nº 2 · 2024-01-03 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2023, de la Directora de Investigación Lingüística y Coordinación, por la que se regula y convoca el procedimiento de homologación de entidades para la evaluación y acreditación del uso, gestión y compromiso del euskera en entidades que deseen obtener el diploma Harrobi en el sector socioeconómico privado de la CAPV.
El Decreto 97/2023, de 27 de junio, regula el sistema de evaluación, acreditación y reconocimiento del nivel de desarrollo del euskera en la actividad y gestión de las entidades públicas y privadas. Este Decreto sustituye al Decreto 162/2017 por el que se regulaba el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain. El nuevo decreto permite completar el sistema de reconocimiento. El Gobierno Vasco, consciente de esta necesidad, lo incluyó como objetivo estratégico en el documento «Plan de Promoción del Euskera en el Ámbito Socioeconómico 2020-2023»: «Adecuar el esquema de certificados a fin de ampliar las opciones de la clientela». Desde su creación en 2007, el certificado Bikain ha contado con tres niveles de certificación: superior, medio y básico. Pero tal y como señala el citado plan, se constató la necesidad de poner el foco en aquellas entidades que no pueden acceder a estas certificaciones: «El esquema de certificados hoy vigente está dirigido a organizaciones con un grado avanzado de gestión lingüística. Se debería crear un esquema o sistema de acreditación de menor nivel de exigencia orientado a organizaciones pequeñas o con pocos medios, para empresas de servicios que ofrecen recepción o atención básica en euskera». Así, en el artículo 3 del citado Decreto 97/2023 se crea el Diploma Harrobi, vinculado al uso, gestión y compromiso del euskera en el ámbito socioeconómico privado, y mediante Resolución de 13 de octubre de la Viceconsejera de Política Lingüística se regula el proceso de obtención de dicho diploma, así como la solicitud y requisitos a cumplir por las entidades que deseen acceder al servicio de evaluación externa. Asimismo, el artículo 8 del Decreto 97/2023 establece la posibilidad de homologar entidades públicas o privadas para la evaluación y acreditación del grado de desarrollo del euskera en la actividad y gestión de las entidades del sector socioeconómico privado, siempre que se considere necesario en alguno de los niveles que integran el sistema de reconocimiento y así lo determine la dirección competente en materia de política lingüística del sector privado. La prestación de dichos servicios y el ejercicio de la opción contemplada en el artículo 8 del Decreto 97/2023 requieren la regulación y convocatoria de la homologación. En consecuencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la regulación y convocatoria de la homologación de entidades para la evaluación y acreditación del uso, gestión y compromiso del euskera en entidades de la CAPV que deseen obtener el diploma Harrobi en el sector socioeconómico privado. Las empresas homologadas actuarán de acuerdo con lo establecido en el Decreto 97/2023, de 27 de junio, y en la Resolución de 13 de octubre, de la Viceconsejera de Política Lingüística, que lo desarrolla. Artículo 2 Ámbito territorial de actuación de las entidades homologadas. Las evaluaciones se realizarán en todos los territorios históricos de la Comunidad Autónoma del País Vas