BOPV nº 5 · 2024-01-08 · Educación

ORDEN de 20 de diciembre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se establece el calendario común de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las instrucciones para la admisión de alumnos y alumnas, para el curso académico 2024-2025, en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, en centros públicos dependientes del Departamento de Educación y en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En el artículo 10 del Decreto 1/2018, de 9 de enero, sobre la admisión y la escolarización del alumnado tanto en centros públicos dependientes del Departamento competente en materia de educación como en centros privados concertados, en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como en los centros públicos de titularidad municipal que impartan Formación Profesional Básica, se señala que, anualmente, mediante Orden del Consejero o Consejera del Departamento competente en materia de educación, deberá abrirse el plazo común de presentación de solicitudes y fijarse los plazos correspondientes a las sucesivas fases del procedimiento. Por otro lado, el Decreto 132/2022, de 2 de noviembre, de modificación del Decreto 1/2018, publicado en el BOPV el 14 de noviembre de 2022, introduce algunas variaciones en el proceso de admisión del alumnado, siendo una de las más importantes la consideración como alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo a aquel que, entre otros aspectos, se encuentra en situación de vulnerabilidad socioeducativa. En este sentido, el mencionado decreto, de acuerdo a la normativa básica en vigor, establece que la obligatoriedad de establecer una reserva de plazas para este tipo de alumnado se debe hacer efectiva teniendo en cuenta la proporción de alumnado con Necesidades Específicas de apoyo Educativo que tiene cada centro. En el mismo sentido, el mencionado Decreto 132/2022 también incide en la necesidad de que la planificación de la oferta de plazas escolares se ajuste a las necesidades reales de escolarización, evitando tanto la sobreoferta como la infraoferta. En suma, tanto la planificación de la oferta como los mecanismos que regulan la admisión deben contribuir a una distribución equilibrada de la diversidad y de la vulnerabilidad entre todos los centros sostenidos con fondos públicos, a fin de evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. La Orden de 21 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, reguladora del proceso de admisión del curso 2022-2023, en aplicación de la nueva normativa introducida por el Decreto 132/2022, ya recogía diversas medidas en la línea de lo mencionado en los dos párrafos anteriores con el fin de evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. La presente Orden pretende dar continuidad a la línea de actuación implementada con éxito en el ejercicio anterior promoviendo, desde los niveles de entrada al sistema educativo, una distribución cada vez más equilibrada de la diversidad y la vulnerabilidad entre todos los centros sostenidos con fondos públicos. Por tanto, se debe establecer el calendario y las normas del procedimiento a las que deberá ajustarse la admisión del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasc

Publicación oficial en euskadi.eus

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