BOPV nº 25 · 2024-02-02 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2024, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Abadiño (Bizkaia) en relación con las áreas industriales I-12, I-13 e I-14 y regulación de alturas en edificación industrial.

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de fecha de 10 de julio de 2017, la entonces Dirección de Administración Ambiental formuló el documento de alcance del estudio ambiental estratégico de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Abadiño en relación con las áreas industriales I-12, I-13 e I-14 y regulación de alturas en edificación industrial, en virtud de lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Con fecha de 27 de febrero de 2018, en sesión plenaria del Ayuntamiento de Abadiño, fue aprobado inicialmente el expediente de Modificación Puntual de las NN.SS. de Abadiño en las áreas industriales I-12, I-13 e I-14. En orden a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Ayuntamiento de Abadiño sometió a información pública el documento urbanístico, junto con el estudio ambiental estratégico, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 53 de 15 de marzo de 2018 y durante un plazo de 45 días, a fin de que quienes se considerasen afectados pudieran alegar lo que estimasen oportuno en defensa de sus intereses. Una vez culminado el trámite de información pública, el Ayuntamiento de Abadiño certifica que se han recibido dos alegaciones, con el resultado que obra en el expediente. Las alegaciones recibidas carecen de contenido ambiental. Simultáneamente al trámite de información pública y en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Ayuntamiento de Abadiño consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que habían sido previamente consultadas de conformidad con el artículo 19 de la norma, dando un plazo de 45 días para la emisión de los informes y alegaciones que se estimaran pertinentes, con el resultado que obra en el expediente. Mediante Resolución de 5 de noviembre de 2019, del Director de Administración Ambiental, se formuló declaración ambiental estratégica de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Abadiño, en relación con las áreas industriales I-12, I-13 e I-14 y la regulación de alturas en edificación industrial. La citada declaración ambiental estratégica impone un plazo máximo de dos años para la aprobación de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Abadiño en relación con las áreas industriales I-12, I-13 e I-14 y regulación de alturas en edificación industrial, a contar desde la publicación de la citada declaración ambiental estratégica en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido a la aprobación de la Modificación Puntual, la declaración ambiental estratégica perderá su vigencia. Transcurrido el plazo indicado en la declaración ambiental estratégica, el Ayuntamiento de Abadiño procede a iniciar el trámite de evaluación ambiental estratégica de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Abad

Publicación oficial en euskadi.eus

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