BOPV nº 35 · 2024-02-16 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2024, del Director de Patrimonio Natural y Cambio Climático, mediante la cual se da inicio al procedimiento de elaboración de un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Protegido del Patrimonio Natural de Aizkorri-Aratz.
Aizkorri-Aratz es un espacio de gran valor natural y con una larga tradición, que actualmente reúne una doble tipología de Espacio Protegido del Patrimonio (EPPN) Natural como Parque Natural y como Zona Especial de Conservación de la Red Natura 2000. Aizkorri-Aratz fue declarado Parque Natural mediante Decreto 75/2006, de 4 de abril. Su primer Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) se aprobó por Decreto 76/2006, de 4 de abril. Por otro lado, Aizkorri-Aratz ha sido declarado también Zona Especial de Conservación (ZEC), con el código ES2120002, mediante Decreto 83/2016, de 31 de mayo. Ante esta situación, debe tenerse en cuenta la previsión contenida en el punto 1 del artículo 38 de la Ley 9/2021, de conservación del Patrimonio Natural de Euskadi (LCPNE), según la cual, cuando se solapen en un mismo lugar distintas categorías de espacios naturales protegidos, para garantizar la coherencia de la protección y la coordinación entre los diferentes regímenes aplicables a cada categoría, las normas específicas reguladoras de cada espacio y los instrumentos de planificación que la normativa general reguladora de cada tipología exija deberán unificarse en un único documento integrado. El citado artículo 38, en su punto 2, específicamente establece que cuando entre las diferentes categorías que se solapen sobre un mismo territorio se halle alguna que dispusiera de plan de ordenación de recursos naturales específico para esa área, la integración a la que hace referencia el párrafo anterior debe efectuarse en dicho instrumento de planificación. Esta es la situación de Parque Natural de Aizkorri-Aratz, dado que el punto 5 del artículo 48 de la LCPNE establece que los Parques Naturales deberán contar con un PORN aprobado. En este sentido, la Disposición Final Segunda del referido Decreto 83/2016 ya estableció que se iniciarían los trámites «al objeto de que la delimitación del Parque Natural y de la ZEC coincidan exactamente y de que el PORN reúna la condición de documento único que regule ambas tipologías de Espacios Naturales Protegidos». Por otra parte, desde la aprobación del vigente PORN del área de Aizkorri-Aratz se han producido diversos cambios legislativos que aconsejan su actualización y revisión. Por una parte, la aprobación de las leyes 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, que modifican tanto los efectos como los contenidos de los PORN y establecen que la conservación y restauración de la biodiversidad y de la geodiversidad se debe realizar mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Por otra se ha avanzado decididamente en la integración de los aspectos ambientales en las distintas políticas sectoriales, especialmente cuando estas se desarrollan o afectan a espacios de elevado interés ambiental, mediante la evaluación ambiental. Se hace por tanto necesario revisar y actual