BOPV nº 35 · 2024-02-16 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2024, del Director de Patrimonio Natural y Cambio Climático, mediante la cual se da inicio al procedimiento de elaboración de un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Protegido del Patrimonio Natural de Armañón.
Armañón es un espacio de un elevado valor natural. Por ello en el año 2006 fue declarado Parque Natural, mediante el Decreto 176/2006, de 19 de septiembre. De forma paralela, como instrumento de ordenación y planificación de este espacio se aprobó el correspondiente PORN mediante el Decreto 175/2006, de idéntica fecha. En el año 2004, a propuesta del Gobierno Vasco, la Comisión Europea reconoció el papel de Armañón en el mantenimiento y restablecimiento de la biodiversidad a escala europea al incluirlo en la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica atlántica, mediante la Decisión 2004/813/CE, como parte de la red ecológica Natura 2000. Este valor fue refrendado en el año 2016 cuando mediante el Decreto 25/2016, de 16 de febrero, el Gobierno Vasco designo Armañón como Zona Especial de Conservación (ZEC), estableciendo las normas de conservación pertinentes. Por tanto, desde el año 2016 el territorio de Armañón dispone de un doble régimen de protección derivado de sus consideraciones como Parque Natural y ZEC. La legislación vigente en ese momento, el Texto Refundido de la Ley de Conservación del Naturaleza del País Vasco (TRLCN), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, preveía en su artículo 18 que, en caso de solaparse en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, las normas reguladoras de los mismos así como los mecanismos de planificación debieran ser coordinados para unificarse en un único documento integrando la planificación del espacio, al objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría conformaran un todo coherente. En este sentido, la Disposición final tercera del referido Decreto 25/2016 ya estableció que, a su aprobación se iniciarían los trámites «al objeto de que (...) el PORN del Parque Natural reúna la condición de documento único que regulen ambas tipologías de Espacios Naturales Protegidos». Estos trabajos se iniciaron mediante la Orden de 13 de julio de 2016, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, mediante la que se iniciaba la elaboración y aprobación de un nuevo PORN del Parque Natural de Armañón, así como los trabajos necesarios para que coincidiesen las delimitaciones de ambas figuras de protección. Iniciadas las labores, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 7 del TRLCN, el nuevo PORN culminó las distintas fases hasta su aprobación provisional, mediante Orden de 1 de julio de 2019, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda. Transcurridos casi cuatro años desde este trámite, el Consejo de Gobierno no ha aprobado definitivamente este documento al existir dudas de que, a falta de la pertinente memoria económica, se haya dado un cumplimiento efectivo de la previsión de que las medidas que se adopten para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la red Natura 2000 tengan en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y local