BOPV nº 40 · 2024-02-23 · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2024, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, para la convocatoria de la selección de lectores o lectoras de lengua y cultura vasca.
La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare (en adelante IVE) dispone en su apartado 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». El artículo 19 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare, dispone como fin del mismo el de promover la presencia, el estudio y el aprendizaje del euskera en las universidades y otros centros, apoyando especialmente el establecimiento de lectorados en las universidades. Consecuentemente, el Instituto Vasco Etxepare ha decido oportuno proceder a la convocatoria de un concurso público para la selección de lectores o lectoras de lengua y cultura vasca para la Universidad de Constanza en Alemania y la Universidad Adam Mickiewicz de Poznan en Polonia. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria seleccionar lector o lectora de lengua y cultura vasca para las siguientes Universidades: En la Universidad de Constanza en Alemania. En la Universidad Adam Mickiewicz de Poznan en Polonia. Artículo 2 Recursos económicos. El importe global destinado a esta convocatoria por curso académico asciende a: Treinta y tres mil (33.000) euros por curso para la Universidad de Constanza. Treinta y dos mil doscientos cuarenta (32.240) euros por curso para la Universidad Adam Mickiewicz de Poznan. La finalidad de todos los recursos económicos anteriores será la de contribuir a la financiación de los gastos de mantenimiento del lectorado. Dicha cantidad no se corresponderá exactamente al sueldo del lector o de la lectora. Hay que tener en cuenta la existencia de impuestos, deducciones y retenciones que se deben a la legislación vigente en el país de la universidad de destino. En todas las transacciones universitarias el patrón divisa será el euro. Artículo 3 Requisitos de las personas aspirantes. Para poder tomar parte en la presente convocatoria se deberán cumplir los siguientes requisitos: Para la Universidad de Constanza: Estar en posesión del título de grado universitario (o licenciatura), tener el nivel C1 de euskera (PL3) o equivalente y tener acreditado el nivel A2 de alemán o si no, tener acreditado el nivel B2 de inglés. Se priorizarán aquellos que posean el grado o licencia de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua A: euskera) y los másteres en materia de euskera; así como el tener acreditado el nivel C2 de euskera (PL4). Todo ello, de acuerdo con los criterios de selección del artículo 11. Para la Universidad Adam Mickiewicz de Poznan: Estar en posesión del título de grado universitario (o licenciatura), tener el nivel C1 de euskera (PL3) o equivalente y tener acreditado el nivel B2 de Inglés. Se prioriza