BOPV nº 48 · 2024-03-06 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria, para el año 2024, de las ayudas destinadas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, prevista en el Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el registro Vasco de centros especiales de empleo.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 27 de febrero de 2024, ha aprobado la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, prevista en el Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el registro Vasco de centros especiales de empleo. De conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, según redacción dada por el Decreto 98/2022, de 30 de agosto, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, prevista en el Decreto 152/2023, de 17 de octubre, Euskadi y el registro Vasco de centros especiales de empleo aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 27 de febrero de 2024, recogida como Anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de 2024. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2024, DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE LAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, PREVISTAS EN EL DECRETO 152/2023, DE 17 DE OCTUBRE El Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de los Centros Especiales de Empleo, publicado en el BOPV n.º 206, de 27 de octubre de 2023, regula, en la Sub