BOPV nº 54 · 2024-03-14 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Educación, para la realización de la programación formativa 2024-2025 dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Habiéndose suscrito por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Educación el Acuerdo referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de encomienda de gestión suscrito entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Educación para la realización de la programación formativa 2024-2025 dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se recoge como Anexo a la presente Resolución. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2024. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO Y EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN FORMATIVA 2024-2025 DIRIGIDA A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS Y OCUPADAS DE LA CAPV De una parte, Dña. Idoia Mendia Cueva, Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, en su calidad de Presidenta del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, Y de otra, D. Jokin Bildarratz Sorron, Consejero del Departamento de Educación, MANIFIESTAN: Primero El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi, establece entre sus fines, favorecer la formación a lo largo de la vida de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas y proporcionar una cualificación ajustada a las necesidades actualizadas del mercado de trabajo y que responda a la vez a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal. Esta formación debe capacitar a las personas trabajadoras vascas para el desempeño cualificado de las diferentes profesiones y para el acceso al empleo, sin ningún tipo de discriminación. El objetivo prioritario de la oferta formativa dirigida a personas desempleadas es la inserción laboral de las mismas. Para ello, la oferta formativa deberá ajustarse a las necesidades individuales y de los sectores económicos del País Vasco y dotar a las personas en disposición de trabajar de las competencias que precisan para desarrollar su proyecto laboral, mejorando su empleabilidad. Los certificados de profesionalidad constituyen la base principal de esta oferta formativa. En la oferta formativa dirigida a personas ocupadas el objetivo prioritario es atender a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, a las necesidades de adaptación a los cambios en el sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras. Esta oferta formativa cubrirá las necesidades no atendidas por la formación programada por las empresas y se desarrollará mediante programas de formación que incluyan acciones formativas que respondan a necesidades de carácter tanto sectorial como transversal. Asimismo, se impulsará una

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